NOTICIAS CLAVE 1/4 — UE
La UE refuerza los estándares eCall para mejorar la capacidad de respuesta en materia de seguridad vial

La Unión Europea ha introducido una nueva normativa de gran alcance que reforzará significativamente los sistemas de llamada de emergencia en vehículos , lo que supone la actualización más completa de las normas de la tecnología eCall desde su implementación inicial. Las modificaciones, oficialmente designadas como R(UE) 2025/1871, entraron en vigor el 17 de noviembre de 2025 y se implementarán gradualmente durante los próximos tres años.
Los nuevos requisitos garantizan la disponibilidad del sistema para las inspecciones técnicas periódicas durante toda la vida útil del vehículo. El reglamento se aplica a los vehículos de las categorías M1 y N1 y exige que estén equipados con sistemas de llamada de emergencia basados en el 112.
Cronograma de implementación
| Fecha | Hito | Requisitos |
| 17 de noviembre de 2025 | Entrada en vigor | Entra en vigor el Reglamento R(UE) 2025/1871 |
| 1 de enero de 2026 | Primera fase de ejecución | Las autoridades nacionales rechazan las homologaciones de tipo para sistemas que no cumplen las normas CEN/TS actualizadas O las nuevas normas EN (a elección del fabricante) |
| 1 de enero de 2027 | Fase de Normas Obligatorias |
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| 1 de enero de 2028 | Se requiere pleno cumplimiento |
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Modificación principal del R(UE) 2017/79
- Adición de nuevas definiciones .
- Ampliación de las homologaciones de tipo : posibilidad de eximir a los sistemas eCall de los ensayos de impacto a escala real cuando solo se modifica la parte de comunicación sin afectar a otros componentes y procedimiento para documentar y explicar los cambios del sistema modificado.
- Requisitos adicionales para la homologación de tipo : obligación de cumplir los requisitos para las fuentes de alimentación de reserva sujetos a los procedimientos de ensayo establecidos en el nuevo Anexo X.
- Modificaciones técnicas de los anexos : Anexos I, II, III, IV, VII y VIII para cambios específicos en los procedimientos de prueba y adición del nuevo Anexo X sobre prueba de la fuente de alimentación de reserva
- Mejora de los procedimientos de autoprueba : requisito de que los modos de fallo se prueben por separado para garantizar la eficacia.
Estos cambios regulatorios subrayan el enfoque continuo de la UE en la tecnología de seguridad vial, basándose en el éxito del mandato eCall original, y se espera que mejoren los tiempos de respuesta de emergencia y la confiabilidad del sistema, salvando potencialmente más vidas en las carreteras europeas.
NOTICIAS CLAVE 2/4 — UE
La UE amplía las normas de ciberseguridad a las motocicletas y los vehículos pequeños

La Unión Europea ha ampliado sus requisitos integrales de ciberseguridad a motocicletas, scooters y otros vehículos pequeños, lo que marca una expansión significativa de las medidas de protección digital en todo el sector automotriz.
Los requisitos se alinean con el marco establecido de la norma U N R.155 , brindando a la industria estándares familiares y al mismo tiempo ampliando su alcance.
Las nuevas reglas, que entrarán en vigor a partir del 20 de noviembre de 2025, colocan a los vehículos de categoría L bajo el mismo paraguas de ciberdefensa que ha protegido a los automóviles y vehículos comerciales desde los últimos años.
En particular, el reglamento excluye explícitamente los vehículos L1e-B (bicicletas con pedaleo asistido), reconociendo que las bicicletas eléctricas simples plantean riesgos mínimos de ciberseguridad en comparación con sus contrapartes tecnológicamente más sofisticadas.
El reglamento introduce nuevos anexos técnicos —incluido un Anexo XVIII completamente nuevo— que detallan procedimientos específicos de pruebas y verificación de ciberseguridad adaptados a las características únicas de los vehículos más pequeños.
Este enfoque integral posiciona a la Unión Europea como líder mundial en ciberseguridad automotriz, estableciendo estándares que pueden influir en regulaciones similares en todo el mundo a medida que la movilidad conectada continúa su rápida evolución en todas las categorías de vehículos.
NOTICIAS CLAVE 3/4 — UE
GRPE hace varias propuestas para incorporar en los Reglamentos de la ONU los requisitos Euro 7

El Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Contaminación y Energía (GRPE) ha adoptado cuatro importantes propuestas regulatorias —que abarcan emisiones, procedimientos de prueba, emisiones en condiciones reales de conducción y determinación de la potencia eléctrica/híbrida— para integrar los nuevos requisitos de Euro 7 en las principales regulaciones de vehículos de las Naciones Unidas: la R.083 (serie 09) sobre emisiones de vehículos ligeros, la R.154 (serie 04) sobre WLTP, la R.168 (serie 01) sobre emisiones globales en condiciones reales de conducción y la R.177 (serie 01) sobre determinación de la potencia de vehículos híbridos y eléctricos. Las cuatro propuestas se adoptaron en la 93.ª sesión del GRPE y se someterán a votación final ante el Grupo de Trabajo 29 en su 198.ª sesión en 2026 .
En conjunto, representan la modernización más significativa de la legislación ambiental de vehículos de la ONU en una década, con el objetivo de armonizar las reglas técnicas globales con los últimos estándares de la Unión Europea, al tiempo que agilizan las pruebas, mejoran los requisitos de durabilidad y fortalecen las protecciones contra la manipulación y la alteración.
Los cuatro equipos profesionales comparten un objetivo común: la alineación con la Eurocopa 7 mediante:
- Fortalecer las protecciones contra la manipulación y la manipulación
- Incorporar nuevas tecnologías de medición, incluido el recuento de partículas de 10 nm
- Actualizar la documentación y los formatos de homologación
- Apoyar la transición hacia la electrificación, con nuevas disposiciones de durabilidad y rendimiento para baterías y sistemas híbridos.
Diferencias clave de un vistazo
| Regulación | Alcance y objetivo | Principales novedades de Euro 7 | Lo que lo hace único |
| UN R.083 (serie 09) Emisiones de vehículos ligeros | Límites de emisiones y durabilidad para M1/N1 | Normas antimanipulación, capas de ciberseguridad, durabilidad extendida, conformidad de la batería en servicio | Elimina la prueba de Tipo 2; endurecimiento importante de los requisitos de emisiones a largo plazo y durabilidad de la batería |
| R.154 de la ONU (serie 04) WLTP | Procedimiento global de pruebas de laboratorio para vehículos ligeros | Límites de partículas PN10, emisiones de evaporación SHED más estrictas, OBFCM actualizado, anexos sobre durabilidad de baterías de vehículos eléctricos, prueba de autonomía de vehículos eléctricos en clima frío | Fusiona las vías duales WLTP en una serie global unificada |
| R.168 de la ONU (serie 01) Emisiones globales en condiciones reales de conducción (RDE) | Medición de emisiones en el mundo real |
Marco basado en niveles, definiciones actualizadas, medición de partículas de 10 nm, ventanas de prueba alineadas |
Introduce el “RDE máximo declarado” y agrega especificaciones faltantes para vehículos con límite de velocidad. |
| UN R.177 (serie 01) Determinación de potencia de vehículos híbridos y eléctricos | Define cómo medir la potencia para vehículos eléctricos (BEV) y vehículos híbridos eléctricos (HEV) con más de un motor. |
Alineación con los principios de potencia y eficiencia Euro 7 |
Amplía el alcance a los vehículos M1 y N1, con extensión opcional a los vehículos N2 (3,5–5 t) |
NOTICIAS CLAVE 4/4 — ARABIA SAUDITA
Arabia Saudita propone la primera enmienda a su Estándar Corporativo de Economía de Combustible Promedio (CAFE) para Vehículos Ligeros (2024-2028)

Arabia Saudita ha dado un importante paso regulatorio al proponer la primera enmienda a su norma de Economía de Combustible Promedio Corporativa (SAUDI CAFE) para vehículos ligeros. Compartida recientemente mediante una notificación a la OMC, la enmienda perfecciona las normas aplicables a todos los vehículos ligeros nuevos y usados que ingresen al Reino entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2028 .
La actualización refleja la visión más amplia de Arabia Saudita para aumentar la eficiencia energética, fortalecer la transparencia del mercado y alinear las expectativas de rendimiento de los vehículos con los cambios globales actuales en la regulación del ahorro de combustible.
Por qué esto importa
La enmienda propuesta moderniza el programa de ahorro de combustible de Arabia Saudita en un momento crítico para la industria automotriz mundial. Al reforzar las expectativas de eficiencia de la flota y, al mismo tiempo, mejorar la claridad y las vías de resolución de disputas, Arabia Saudita refuerza su compromiso con:
- diversificación energética,
- una movilidad más limpia y
- Gobernanza regulatoria predecible para los fabricantes globales.
Con el ciclo de cumplimiento 2024-2028 ya en marcha, esta enmienda ofrece una hoja de ruta más refinada para los fabricantes de automóviles que navegan en uno de los mercados automotrices más influyentes del Medio Oriente.
Actualizaciones clave en la enmienda:
1. Coeficientes de desempeño actualizados (tablas 4.4.1 y 4.4.2): La propuesta reemplaza las tablas de coeficientes existentes con nuevos valores específicos para cada año desde 2024 hasta 2028, ajustando los parámetros (a, b, c, d) utilizados para calcular los objetivos CAFE tanto en km/litro como en litros/km por m².
2. Clasificaciones revisadas de tipos de combustible: Se ha agregado una categorización más clara y explícita de los tipos de combustible a la Sección 6.1.1.2.11, que ahora incluye: gasolina 91, gasolina 95, gasolina 98, diésel y otros. Esto mejora la coherencia en las pruebas, la clasificación y los informes, lo cual es particularmente crucial para las importaciones procedentes de diversos mercados internacionales.
3. Nuevas peticiones y mecanismo de resolución de disputas: Una de las mejoras estructurales más significativas se encuentra en la Sección 6.1.4, que establece un proceso formal para impugnar los resultados de cumplimiento emitidos por SASO.