NOTICIAS CLAVE 1/4 — UE
La UE aprueba normas modernizadas sobre permisos de conducir para mejorar la seguridad vial

La Unión Europea ha aprobado una nueva normativa sobre permisos de conducir diseñada para mejorar la seguridad vial en toda la Unión. Los cambios incluyen:
- Permisos de conducir para coches y motocicletas con una validez máxima de 15 años;
- Un período de prueba mínimo de dos años para los conductores noveles;
- Introducción de un permiso de conducir digital, manteniendo el derecho a una tarjeta física;
- Refuerzo de la aplicación transfronteriza de las inhabilitaciones para conducir por infracciones de tráfico graves.
Por qué es importante
Con casi 20.000 muertes anuales en accidentes de tráfico en la UE, estos cambios representan un avance concreto hacia el objetivo de «Visión Cero»: eliminar las muertes y lesiones graves en las carreteras europeas. Mediante la modernización de los estándares de expedición de permisos de conducir, la mejora de la formación y la aplicación de la ley, y el fomento de la transformación digital, la UE está intensificando sus esfuerzos en materia de seguridad vial.
Explicación detallada
- Mejoras en la formación y las pruebas: Los solicitantes de licencia se enfrentarán ahora a pruebas teóricas y prácticas actualizadas, con mayor énfasis en la percepción del punto ciego, los sistemas de asistencia al conductor, las prácticas seguras de apertura de puertas y los riesgos de distracción por el uso del teléfono móvil. También se prestará mayor atención a los usuarios vulnerables de la vía pública: peatones, niños y ciclistas.
- Validez de los permisos de conducir y controles médicos: Los permisos de conducir de las categorías M (turismos) y A (motocicletas) tendrán una validez máxima de 15 años, si bien los Estados miembros podrán reducirla a 10 años si el permiso también sirve como documento nacional de identidad. Los permisos de conducir de autobuses y camiones (categorías D y C) tendrán una validez de 5 años, y los conductores de mayor edad deberán someterse a controles médicos o de actualización con mayor frecuencia.
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Conductores noveles y acompañados: Los nuevos conductores deberán cumplir un periodo de prueba obligatorio de al menos dos años. Los menores de 18 años podrán conducir turismos (categoría B) acompañados. También se aceptarán permisos de conducir profesionales a edades más tempranas: 18 años para camiones y 21 para autobuses, siempre que se cumplan ciertos requisitos de aptitud.
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Permiso de conducir digital y conservación de la tarjeta física: El permiso de conducir digital se convertirá gradualmente en el formato estándar en toda la UE. No obstante, los conductores conservarán el derecho a solicitar un permiso físico, que deberá expedirse con prontitud (generalmente en un plazo de tres semanas).
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Control transfronterizo de la inhabilitación para conducir: La retirada, suspensión o restricción del permiso de conducir impuesta en un Estado miembro debe comunicarse inmediatamente al Estado miembro emisor para evitar que se eludan las sanciones conduciendo en otro lugar de la Unión. Entre las infracciones graves se incluyen la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas, la implicación en accidentes mortales o la conducción a velocidad extrema.
NOTICIAS CLAVE 2/4 — UE
Paquete de regulación ómnibus automotriz europeo

A principios de 2025, la Comisión Europea puso en marcha el Paquete Ómnibus, un conjunto de iniciativas de simplificación normativa destinadas a recuperar la competitividad y reducir la burocracia en diversos sectores de la economía de la UE. Dentro de este marco más amplio, el Paquete Ómnibus para la Automoción constituye el componente específico del sector, dirigido a la industria automotriz.
La iniciativa se deriva directamente del Plan de Acción Industrial para el Sector Automotriz Europeo, adoptado en marzo de 2025, que comprometió a la Comisión a llevar a cabo un proceso de simplificación en estrecha consulta con las partes interesadas. La Directiva Ómnibus sobre Automoción se centra exclusivamente en la normativa específica de los vehículos y propone modificaciones concretas que no pueden implementarse mediante legislación secundaria.
El objetivo es restablecer la competitividad a largo plazo de la industria automovilística europea mediante la creación de un marco regulatorio más simple y coherente, con menores cargas administrativas y de pruebas, manteniendo al mismo tiempo el desempeño ambiental y de seguridad.
Identifica seis áreas regulatorias clave para su simplificación:
- Furgonetas eléctricas (N1–N2) – Abordar la reclasificación basada en el peso y las obligaciones resultantes en materia de tacógrafos y limitadores de velocidad.
- Autocaravanas – Aclaración de las exenciones del tacógrafo tras el asunto C-666/21 del TJUE.
- Reglamento Euro 7 – Reduce los requisitos de pruebas redundantes tanto para vehículos ligeros como pesados.
- Regulación del ruido : eliminar la duplicación entre los marcos normativos de la UE y la CEPE.
- Vehículos de categoría L (motocicletas, ciclomotores, quads) – Introducir flexibilidad en el mecanismo de fin de serie.
- Coches eléctricos pequeños y asequibles : Apoyar un segmento de mercado viable a través de una posible nueva subcategoría (M1E o M0).
NOTICIAS CLAVE 3/4 — CANADÁ
Canadá actualiza seis documentos de normas técnicas para alinearlos con las regulaciones FMVSS de EE. UU.

Transport Canada ha introducido una actualización coordinada de seis Documentos de Normas Técnicas Canadienses (DNT) — núms. 105, 121, 122, 126, 135 y 500 — para garantizar la armonización normativa continua con las Normas Federales de Seguridad de Vehículos Motorizados (FMVSS) de EE. UU . Estas revisiones modernizan los parámetros de prueba, los coeficientes de fricción y los criterios de evaluación del rendimiento en diversos sistemas de vehículos.
Las seis TSD actualizadas entraron en vigor el 18 de agosto de 2025 y serán obligatorias a partir del 18 de febrero de 2026 , tras un período de transición de seis meses.
Las nuevas actualizaciones afectan a una amplia gama de sistemas y categorías de vehículos:
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TSD n.° 105 – Sistemas de frenos hidráulicos y eléctricos: Perfecciona los requisitos de fricción de la superficie de la carretera y las condiciones de prueba para mejorar la precisión y la repetibilidad en las evaluaciones del rendimiento de frenado. Alineado con FMVSS 105.
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TSD n.° 121 – Sistemas de frenos neumáticos: Actualiza los coeficientes de fricción en todas las secciones para garantizar la coherencia en la evaluación de la eficacia de frenado de los vehículos pesados. Alineado con la norma FMVSS 121.
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TSD n.° 122 – Sistemas de frenos para motocicletas: Revisa los coeficientes de fricción y los parámetros de prueba para frenos de servicio y de estacionamiento, manteniendo la equivalencia con las normas de seguridad para motocicletas de EE. UU. Alineado con FMVSS 122.
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TSD n.° 126 – Control electrónico de estabilidad (ESC): Actualiza los valores del coeficiente de fricción utilizados en los procedimientos de prueba, manteniendo todos los requisitos de seguridad vigentes. Cumple con la norma FMVSS 126.
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TSD n.° 135 – Sistemas de frenos para vehículos ligeros: Ajusta los coeficientes de fricción en las pruebas de frenado para mejorar la consistencia y armonizar con los procedimientos estadounidenses. Cumple con la norma FMVSS 135.
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TSD No. 500 – Vehículos de baja velocidad: Modifica los procedimientos de prueba y los parámetros del coeficiente de fricción para garantizar métodos de verificación de rendimiento equivalentes.
En consonancia con la norma FMVSS 500
En conjunto, estas enmiendas mejoran la coherencia normativa transfronteriza entre Canadá y Estados Unidos, agilizan los procesos de ensayo y certificación, y respaldan un marco unificado de seguridad vehicular en Norteamérica.
NOTICIAS CLAVE 4/4 — UE
La UE simplifica el CBAM: se explica el nuevo reglamento modificatorio

Se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2025/2083. Este reglamento modifica el R(UE) 2023/956 —el marco del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC) de la UE— mediante la introducción de un nuevo umbral basado en la masa y la simplificación de las obligaciones administrativas para los pequeños importadores. El objetivo es equilibrar la ambición climática con la carga regulatoria, cubriendo aproximadamente el 99 % de las emisiones incorporadas y facilitando el cumplimiento para muchos importadores.
El presente Reglamento entró en vigor el 20 de octubre de 2025 .
Entre los principales cambios introducidos se incluyen:
- Un nuevo umbral único basado en la masa : Los importadores cuya masa neta acumulada de mercancías enumeradas en el Anexo I del Reglamento 2023/956 no supere las 50 toneladas por año natural están exentos de las obligaciones CBAM (declaración, entrega de certificados) siempre que se mantengan por debajo de ese umbral.
- Para los importadores que superen el umbral, todas las emisiones incorporadas en sus bienes importados estarán sujetas a las obligaciones completas del CBAM.
- El reglamento incorpora controles para garantizar que la exención siga cumpliendo el objetivo de cubrir al menos el 99 % de las emisiones incorporadas. La Comisión está facultada para ajustar el umbral mediante actos delegados si fuera necesario.
- Se modifica el artículo 21: El precio de los certificados CBAM se calculará como el precio medio semanal de cierre de los derechos de emisión EU ETS (o, para las emisiones incorporadas de 2026, un promedio trimestral) según el Reglamento Delegado 2023/2830.
Las actualizaciones adicionales incluyen nuevas obligaciones para los verificadores , ajustes a las tarifas comunes de la plataforma central y otras mejoras de procedimiento.
Fuente: Cámaras de Comercio e Industria de Essex (2025), Servicio de consultoría CBAM, https://www.essexchambers.co.uk/new-cbam-consultancy-service/